Fallo que da la razón a vecinos
algarrobinos es recibido con gran regocijo por la ciudadanía
Vecinos de Algarrobo Norte basados en el
fallo de la corte suprema estudian acciones legales para impedir que en el
futuro se continúe utilizando como acceso vehicular el área verde. Se trata de
un espacio dentro de un sector residencial que debe ser destinado
preferentemente al uso peatonal y al esparcimiento y no como vía de acceso y
salida de un altísimo tráfico vehicular producto de un mega complejo inmobiliario
sobre la autoridad no impuesto medidas de
mitigación y/o exigir que sus accesos sean por la Avenida central del Camino
Mirasol, señalan los vecinos. Cuatro fotos ayudan a ubicarse en el secor en conflicto entre los vecinos y la inmobiliaria y alcalde
Final de calle residencial S. Lillo. Al fondo el sector verde frondoso que ya no existe Se trata calle angosta para uso en las dos direcciones |
Final de calle residencial S. Lillo, ya adecuada como vía de transito vehicularpara el mega proyecto inmobiliario. Compare con foto anterior |
Ingreso al mega proyecto inmobiliario. Al centro frente al letrero, se encuentra el área verde, que incomoda a la Inmobiliaria y al Alcalde no le preocupa |
Su
satisfacción expresaron el senador Francisco Chahuán y el abogado Christian
Lucero luego que la Tercera Sala de la Corte Suprema ratificara el fallo de la
Corte de Apelaciones de Valparaíso en el recurso de protección presentado en
contra de una resolución del alcalde saliente de Algarrobo, Jaime Gálvez,
declarando que el municipio no puede construir caminos en un área verde ubicada
al final de la calle Samuel Lillo, en el sector de Algarrobo Norte, sin haber
previamente obtenido la desafectación del bien.
La
resolución, que eliminó los considerandos quinto a diez del fallo de primera
instancia declarando que el Municipio no puede construir dichos caminos
modificar el Plan Regulador, se enmarca en la solicitud que realizó la Junta de
Vecinos del sector al alcalde para que se otorgaran las facilidades para
utilizar un área verde como área recreacional. El jefe comunal manifestó
entonces que se trataba de un camino que pretendía pavimentar, permitiendo el
acceso vehicular permanente a un proyecto inmobiliario que se desarrolla en el
sector.
En ese
contexto, el abogado y el senador plantearon junto a los vecinos que “lo
anterior está expresamente prohibido y, tal como lo ratificó la Corte Suprema,
requiere un cambio del uso de suelo, en consecuencia no es una atribución del
alcalde".
La
comunidad cuestionó la decisión del jefe comunal, pues favorecería sólo a la
Inmobiliaria, “consolidando una situación claramente irregular, expropiando, en
la práctica un área verde para destinarla a acceso vehicular, tal como
consideraba el proyecto".
El abogado
de los vecinos, Christian Lucero, sostuvo que “la Corte Suprema confirma que lo
manifestado por los vecinos, en el sentido que el alcalde no puede destinar a
calle un área verde si no se ha modificado previamente el plan regulador” y
recordó que el edil invitó a la comunidad a resolver esta controversia por una
vía administrativa. Al respecto, valoró que la sentencia libera a los vecinos
del pago de las costas.
La
presidenta de la Junta de Vecinos de Algarrobo Norte, María Isabel Baeza, se
manifestó feliz con la decisión adoptada por el máximo Tribunal que, “si bien
no ordena alcalde a replantar los árboles que eliminó, envía un claro mensaje
en el sentido que el área verde no se puede destinar a calle como acceso vehicular
permanente a un complejo inmobiliario, lo que es contrario a derecho".
Por su
parte el senador Francisco Chahuán afirmó que “tal como lo suponíamos, el
municipio no puede desafectar un área verde sin que haya una modificación al
Plan Regulador comunal, por lo que este fallo avala nuestra posición y
constituye un aporte sustantivo para velar por que las áreas verdes sean
resguardadas".
Los
demandantes adelantaron que estudian nuevas acciones legales para impedir que
en el futuro se continúe utilizando como acceso vehicular el área verde, ya que
se trata de un espacio que debe ser destinado preferentemente al uso peatonal y
al esparcimiento y no como entrada a un complejo inmobiliario particular,
señalando que “posiblemente interpondremos un Reclamo de Ilegalidad y una
Denuncia a la Contraloría General de la República, a fin que el alcalde
saliente cumpla a cabalidad con la Ley, lo que hasta ahora no ha hecho.”
Fuentes: Archivo propio del diario y prensa http://www.ucvmedios.cl/ http://www.soychile.cl/
Conviene aclarar que las sentencias en segunda instancia se pueden confirmar, revocar y confirmar con declaración, siendo este último el caso, ya que la Corte si bien no obliga al alcalde a plantar los árboles (lo que se puede conseguir por otra vía) dejó sin efecto los considerandos del 5 al 10 del fallo y lo reemplazó por otros que señalan, en resumen, que efectivamente se trata de un ÁREA VERDE que NO PUEDE SER DESTINADA A CALLE POR EL ALCALDE NI UTILIZADA COMO TAL (OBVIAMENTE NO SE PUEDE PAVIMENTAR, LO QUE REQUERIRÍA UN CAMBIO DE DESTINO DEL BIEN Y MODIFICACIÓN DEL PLAN REGULADOR), POR ESO GANARON LOS VECINOS, NO HAY DUDA. YO TRABAJÉ EN LA CORTE Y NO HAY DUDA QUE EL FALLO ES EXITOSO. ADEMÁS SE ELIMINARON LAS COSTAS. AHORA HAY QUE PREGUNTARSE CUÁNDO COMENZARÁ EL ALCALDE A CUMPLIR EL FALLO Y LA LEY.
ResponderEliminarEs bueno que en Algarrobo se comience a cumplir con la Ley.No ae puede avasallar a tanta gente sin que los culpables sigan impunes.
ResponderEliminarEs bueno que en Algarrobo se comience a cumplir con la Ley.No ae puede avasallar a tanta gente sin que los culpables sigan impunes.
ResponderEliminarQue el alcalde cumpla con la ley!
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