Compilación de fotografías del pasado cuya publicación inicia
“Algarrobo Digital” de modo de reunir una diversidad de fotos dispersas en
medios de las redes sociales y que, cada una tiene tras ella una historia, una
circunstancia y una invitación a revivir lo que fue la vida de un Algarrobo del
pasado. Los lectores que deseen colaborar, pueden enviar fotos con la mayor información
posible de ellas a nuestra casilla algarrobodigital.01@gmail.com
Foto N° 001 AD. Ver ampliación más abajo |
Hemos considerado como punto
de partida, una fotografía que está la mayoría de los sitios de Internet con fotografías
antiguas de Algarrobo, una que al parecer tiene relación con la creación de la
Comuna. Sería una beneficiosa labor que nuestros lectores colaborasen usando nuestra
Sección Comentarios, para ir identificado a las personas que están en esta
fotografía. En las redes sociales, figura como “Foto Antigua N° 18”. También
pueden hacerlo escribiendo a nuestra casilla algarrobodigital.01@gmail.com
En
la foto, al fondo hacia el lado izquierdo, se alcanza a ver en la pared placa
que dice Municipalidad Algarrobo. Por ello, esta foto podría ser del año 1946.
El original, al parecer está disponible entre algún vecino o institución,
ya que hay un ejemplar que tiene anotaciones y que lo publicó el Blog Algarrobo
Directo. Dicha foto, la incluimos al
final.
Algarrobo fue creado como Comuna
el 21 de Noviembre de 1945, durante la Presidencia de don Juan Antonio Ríos
Morales, mediante la Ley N° 8.388, según se lee a continuación:
LEY N° 8.388: CREA LA COMUNA
SUBDELEGACIÓN DE ALGARROBO, EN EL DEPARTAMENTO DE VALPARAÍSO
Por cuanto el H. Congreso
Nacional ha tenido a bien prestar su aprobación al siguiente Proyecto de ley:
Artículo l°. Créase la
comuna-subdelegación de Algarrobo, en el departamento de Valparaíso.
La comuna-subdelegación de
Algarrobo comprenderá los siguientes límites:
Al Norte, el estero Casablanca, desde su desembocadura en el Océano
Pacífico hasta la quebrada de Pulgares.
Al Este, la quebrada de Pulgares, desde su desembocadura en el
estero Casablanca hasta su origen en el cerro San José y la línea de cumbres
que limita por el Sur la hoya del estero Casablanca, desde el cerro San José
hasta el cerro Alto de Piedra; la línea de linderos que limita los potreros Los
Moyes y La Peregrina del fundo San Jerónimo por una parte, de los potreros La
Cal y Campo Lindo de Abajo, por la otra desde el cerro Alto de Piedra hasta el
estero San Jerónimo; el estero San Jerónimo, desde el lindero entre los
potreros La Peregrina y Campo Lindo de Abajo, del fundo San Jerónimo hasta el
lindero poniente del fundo Valle Hermoso Arriba; y el lindero poniente del
fundo Valle Hermoso Arriba, desde el estero San Jerónimo hasta el estero
Carvajal, desde el lindero poniente del fundo Valle Hermoso Arriba hasta el
lindero poniente del fundo Valle Hermoso Abajo, y el lindero poniente del fundo
Valle Hermoso Abajo, desde el estero Carvajal hasta el estero El Rosario.
Al Sur, el estero El Rosario,
desde el lindero poniente del fundo Valle Hermoso Abajo hasta su desembocadura
en el Océano Pacífico.
Al Oeste, el Océano Pacífico, desde la desembocadura del estero El
Rosario hasta la desembocadura del estero Casablanca.
Artículo 2°. Las cuentas por pagar de la actual
Municipalidad de Casablanca, serán siempre de cargo de esta Municipalidad.
Las contribuciones, patentes,
cuentas y demás créditos a favor de la Municipalidad de Casablanca, pendientes
a la fecha de la promulgación de la presente ley, y que correspondan a la nueva
comuna de Algarrobo, deberán pagarse a la Municipalidad de Casablanca.
La Municipalidad de Algarrobo
no podrá cobrar ninguna suma de dinero devengada con anterioridad a la presente
ley, a la Municipalidad de Casablanca, ni podrá tampoco pagar deudas contraídas
por esta Municipalidad.
Artículo 3°. Autorizase al Presidente de la República para
nombrar una ignado por dicha Junta, a fin de que se hagan cargo de la
Administración Comunal hasta que entre en funciones la Municipalidad que debe
elegirse en los comicios generales municipales.
Las primeras elecciones se
realizarán en la fecha en que se efectúen las elecciones generales municipales.
Artículo 4°. Extiéndese a las disposiciones de la presente
ley la autorización concedida al Presidente de la República por el artículo 2.o
de la ley N° 4.544, de 25 de Enero de 1929.
Artículo 5°. Esta ley comenzará a regir desde el 1.o de
Enero de 1946.
Y por cuanto he tenido a bien
aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de
la República.
Santiago, veintiuno de
Noviembre de 1945.- A. Duhalde V.- E. Mejías C.
**** ****
Dejamos planteada la pregunta
a nuestros lectores para que nos den antecedentes de quienes fueron los cinco
miembros de la 1ª. Junta de Vecinos y cual de ello, asumió como el 1er. alcalde
según lo que estableció la ley 8.388.
¡BIENVENIDO A UN NUESTRO ESPACIO DE
OPINIÓN: PARTICIPA, COMENTA, OPINA, INVOLÚCRATE...! Te invitamos a leer y
participar de nuestra sección “Comentarios”, pinchando al pie de esta noticia o
artículo, en donde está en rojo la palabra “comentarios”. Algarrobo Digital
entrega un espacio único en los medios de comunicación de Algarrobo para que la
ciudadanía pueda expresarse libremente, con la única salvedad de hacerlo en
forma respetuosa, sin injurias, calumnias ni descalificaciones. Escribe,
identificándote, qué piensas al respecto
y sé parte activa del tema.
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
ResponderEliminarFalta representación femenina
ResponderEliminarEn esa época, no tenían calidad ciudadana. Aprovecho para refrescar la memoria. Recién en 1949 se concedió el derecho a voto a las mujeres para las elecciones presidenciales y parlamentarias. Las mujeres participaron por primera vez en la elección presidencial de 1952, en donde fue electo Carlos Ibáñez del Campo.
EliminarUn acierto de Algarrobo Digital la creación de esta nueva sección. Deben haber muchas fotos dispersas y el desafío de reunirlas permitirá disponer de un álbum que hace falta, sobre todo, cuando el modernismo va transformando lo que fue un pequeño y placido balneario nacido en torno a una caleta de pescadero y puerto de embarque de los productos agrícolas de la zona. En la foto debe estar don Carlos Alessandri Altamirano, quien dio los pasos para urbanizar y dar los trazados que hoy mantiene Algarrobo, con muchas áreas verdes. Su esposa doña Josefina Domínguez Larraín falleció en el año 1965, y tuvieron un solo hijo, Carlos Alessandri Domínguez que debe tener unos 70 años, está vivo y mantiene diversas inversiones inmobiliarias en Algarrobo. Por ello, debe tener muchas fotografías que ojalá pueda facilitar copia de a ustedes. Tengo entendido que compró el Fundo Algarrobo hacia fines de los años 30.
ResponderEliminarNo deja de llamar la atención, la gran influencia de la Iglesia, con el alto número de religiosos que salen en esa foto.
Felicitaciones!!!! Ojalá todos colaboren. Creo tener algunas fotos de los años 70, pero familiares, y creo que lo que interesan son fotos de calles, casas, playas,
ResponderEliminarEste diario va tomando forma como el lider de la informacion de Algarrobo que gradualmente va abarcando multiples areas mas alla de la contingencia del dia. Sin darme cuenta me he convertida en una adicta. No puedo dejar de leerlo todos los dias. Mis felicitaciones a los dos vecinos editores. Esta nueva seccion me ha encantado. Nos dara la oportunidad de solo recordar sino de hacer reflexiones e incluso emitir juicios. Deben existir muchas fotos en los diferentes hogares y familias.
ResponderEliminarFelicitaciones por esta importante iniciativa.
ResponderEliminarSugiero contactarse con don Manuel Dannemann, Presidente de la Corporación de Desarrollo Cultural de Algarrobo, dado que tengo conocimiento que es un estudioso de su historia y posee muchos antecedentes y documentos relacionados.
Francisco Rivera Abuin