SERVICIOS

domingo, 24 de diciembre de 2017

FERIADOS IRRENUNCIABLES

En estas Fiestas de Fin de Año es importante reiterar las indicaciones sobre los feriados irrenunciables.
 
¡Irrenunciables!
Carta al Director
Diario El Líder de San Antonio

Los días 25 diciembre y 1 de enero son feriados obligatorios e irrenunciables respecto de los trabajadores que se desempeñan en el sector comercio, a excepción de: clubes, bares, restaurantes, en general centro de diversión; también servicentros de combustibles, farmacias de turno, locales comerciales de aeródromos civiles y aeropuertos. Se adicionan pubs, cabarets, cines , espectáculos en vivo, casino de juego y similares.

Horario de cierre de vísperas (esto el 24 y 31 de diciembre) no más allá de las 20 horas.


Sanciones por infracción a los feriados irrenunciables y tope de jornada laboral van desde (la menor) 5 UTM hasta 60 UTM, dependiendo el número de trabajadores.

Se fiscalizará el correcto cumplimiento de la normativa todos los días señalados

Demás trabajadores (no de comercio) deberán laborar y descansar conforme a sus contratos individuales trabajo.

Lo anterior es  conforme a las siguientes leyes: Nªs 20.918, 20.215 y 19.973.

Atentamente

Juan Carlos Galdames Lanas
Inspector provincial del trabajo
San Antonio

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Fuente: Diario El Líder. Edición 24 diciembre 2017. Página 6

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