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Municipalidad de Algarrobo 02.03.2018
Se informa que se encuentra abierto el Fondo
Social Presidente de la República. A él podrán postular todas las
Organizaciones Comunitarias que se encuentren vigentes hasta la fecha.
¿De qué se trata?
El Ministerio del Interior y Seguridad Pública, a través
del Fondo Social Presidente de la República (en adelante “Fondo Social”),
invita a entidades públicas y privadas, que no persigan fines de lucro, para
que postulen al financiamiento de proyectos de carácter social que contribuyan
a apoyar y complementar las políticas de inversión social del Estado. Estos proyectos
deberán estar preferentemente orientados a construir tejido social, esto es la
acción coordinada de un grupo de personas para solucionar determinadas
necesidades; potenciar la participación ciudadana y contribuir a superar la
vulnerabilidad social de una comunidad u organización determinada.
Estos proyectos podrán ser elaborados y presentados por
Organismos o Instituciones Públicas y Privadas, de conformidad a lo establecido
en el D.S. N° 964 de 2015, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
El proceso de postulación contempla el financiamiento de
tres tipos de proyectos:
Proyectos de Equipamiento Comunitario: Corresponde a
aquellos destinados a la adquisición de un bien mueble necesario para la
realización de una actividad determinada; la durabilidad estimada de estos se
encuentra en un rango superior al año de vida útil. Para esto, es necesario
contar con lugar físico propio que puede ser acreditado a través de Dominio,
Comodato y Otro título de uso. El objetivo de dichos proyectos es que contribuyan
a mejorar el bienestar material y/o social de los beneficiarios. Los montos por
postular tendrán un mínimo de $300.000 y un máximo de $1.500.0000.- cuyo plazo
máximo de ejecución y de presentación de rendición de cuentas, sería de 3 meses
contados desde la transferencia de recursos.
Proyectos de Implementación Comunitaria: Corresponde a
aquellos destinados a la adquisición de artículos, materiales y utensilios,
necesarios para la realización de una actividad determinada; no tienen una vida
útil prolongada. Para postular se requiere contar con lugar físico propio o
facilitado, se acredita dicha condición, con cualquiera de los siguientes
documentos, tales como: con Anexo 2, comodato, dominio u otro título de uso. El
objetivo de dichos proyectos es contribuir al desarrollo organizacional, y a la
cohesión social de los beneficiarios. Los montos por postular tendrán un mínimo
de $300.000 y un máximo de $1.000.0000.- cuyo plazo máximo de ejecución y de
presentación de la rendición de cuentas, sería de 3 meses contados desde la
transferencia de recursos.
Proyectos de Infraestructura Social y Comunitaria:
Corresponde a proyectos destinados principalmente a la construcción,
mejoramiento, ampliación, reparación y/o mantención de bienes inmuebles,
espacios públicos (incluye implementación), centros de salud municipales,
postas rurales y estaciones médico rurales (ver desglose en tipología),
proyectos destinados a conjuntos habitacionales, sujetos a copropiedad
inmobiliaria – de conformidad a la Ley 19.537, proyectos que contemplen el
mejoramiento o ampliación de un sistema de agua potable rural (APR),
Construcción de cierres perimetrales en viviendas sociales básicas, Proyectos
de mantención, mejoramiento o implementación de salas cunas, jardines
infantiles, colegios municipalizados y colegios pertenecientes a fundaciones o
corporaciones.
En cuanto al monto de financiamiento de los proyectos de
infraestructura que se podrá solicitar al Fondo Social, se debe distinguir:
Para aquellos proyectos de
obras nuevas, incluyendo construcción de multicanchas y APR, el monto mínimo
que se podrá solicitar es de $2.000.000 y con un máximo de $28.000.000.
Para proyectos de
mejoramiento, reparación o ampliación de obras existentes, donde también se
incluyen los cierres perimetrales se podrá solicitar un monto mínimo de
$2.000.000 y un máximo de $15.000.000.
No se aceptarán proyectos por
compra de materiales de construcción y bienes inmuebles. Todos los proyectos
postulados a Infraestructura deberán ser por obra vendida. El plazo máximo de
ejecución del proyecto y de presentación de la rendición de cuentas, corresponde
a un máximo de 9 meses contados desde la recepción y aprobación por parte del
Fondo Social, de los antecedentes que dan inicio al plazo de ejecución de obras
(contrato, acta de entrega terreno y garantía).
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