SERVICIOS

miércoles, 30 de mayo de 2018

TRIBUNAL DE SAN ANTONIO DEJÓ EN LIBERTAD A SUJETOS ACUSADOS DE PORTE ILEGAL DE ARMAS DE FUEGO Y MUNICIONES

Ya no sería "La puerta giratoria", sino "La puerta abierta"

El magistrado argumentó que para tomar dicha decisión tomó en cuenta que "Carabineros no tenía derecho a revisar el automóvil". - publica el "Líder" de hoy. 
Noticia diario El Líder de San Antonio. Pag. 7.
Reporteado por Rodrigo Ogalde

En la mañana de ayer el prefecto de Carabineros de San Antonio, teniente coronel Juan Pezoa y la gobernadora provincial de San Antonio, Gabriela Alcalde, anunciaron en dependencias de la Segunda Comisaría de Cartagena, la detención de dos hombres que viajaban en un vehículo con un arsenal de armas y municiones.

"Esta es la culminación de un sinnúmero de operativos que estamos realizando en la provincia en virtud de los últimos hechos delictuales que han ocurrido", dijo Pezoa.

Según el jefe policial, Carabineros realizó un control de identidad a los dos sujetos cuando se trasladaban en un automóvil por una ruta de Las Cruces. En dicho vehículo, los policías hallaron tres armas de fuego, cerca de 300 balas, tres cargadores calibre 9 MM, un moderno kit de conversión de pistola a carabina tipo Roni y $4.152.000 en dinero efectivo.

Pezoa agregó que ninguno de los dos hombres arrestados tiene armas inscritas a su nombre, por lo que ayer pasaron a control de detención en el Tribunal de Garantía de San Antonio, donde serían formalizados.

En la audiencia realizada al mediodía de ayer, el juez Juan Pablo Flores declaró ilegal la detención de ambas personas, por lo que ordenó que quedaran en libertad aunque podrían enfrentar una eventual formalización el próximo 20 de junio.

Fuentes de la Fiscalía señalaron a Diario El Líder que el magistrado argumentó que para tomar dicha decisión tomó en cuenta que "Carabineros no tenía derecho a revisar el automóvil".

Aunque dijo que lamenta la decisión del tribunal de dejar en libertad a las dos hombres, la gobernadora Alcalde destacó el trabajo de Carabineros y destacó que el armamento, que tenía encargo por robo, quedó fuera de circulación. "Esto no nos desmotivará para seguir trabajando coordinadamente entre policías, Fiscalía y la ciudadanía", expresó Gabriela Alcalde.

MODERNA TECNOLOGÍA

Uno de los elementos que llamó la atención de los carabineros de Las Cruces que participaron en el proceso de detención de los sujetos, fue el kit de conversación para pistola tipo Roni, que los individuos tenían en su poder. Este se trata de un elemento de alta tencología -ilegal en nuestro país- que permite transformar una pistola Glock de 9 milímetros en una subametralladora, lo que le posibilitaría un alto poder de fuego que en manos de delincuentes es de sumo peligro. En el mercado internacional este artículo alcanza precios por sobre los 600 mil pesos.

25 comentarios:

  1. Dónde está lo ilegal?
    Faltan detalles de la resolución del juez.

    ResponderEliminar
  2. En serio? O sea que yo podría guardar en porta maletas de mi auto un lanza cohetes, o un muerto y no me meten preso?
    Con razón la delincuencia es tan buen negocio!
    No le salió ni por curados!

    ResponderEliminar
  3. Los Comité o Consejos de seguridad ciudadana están demás mientras los delincuentes tenga las puertas abiertas como dicen ustedes, ya no es la puerta giratoria es el salvoconducto para robar. Gracias a ustedes tenemos finalmente información del alto grado de delincuencia que existe en el litoral central y en especial en Algarrobo. Antes, nuca se sabia nada.

    ResponderEliminar
  4. Los ciudadanos comunes y corrientes astrapados por la delincuencia amparada por jueces y legisladores bien pagados por nosotros mismos. De ripley

    ResponderEliminar
  5. Permítanme disentir de todos los comentarios anteriores. El Juez de garantía tiene como fin garantizar que el detenido cumple o no, con todos los requisitos para llevar al detenido ante al Juez que determinara finalmente su culpabilidad y sentencia. Para eso la policía correspondiente (PDI, Carabineros), deben cumplir un protocolo muy claro. Si el Juez de Garantía determinó que "Carabineros no tenía derecho a revisar el automóvil" será porque Carabineros no cumplió con el protocolo correspondiente.

    Entiendo que la ley establece que no te pueden revisar una propiedad privada sin tu consentimiento o sin la aprobación de un Juez. No soy abogado pero basta ver CSI, NCIS u otra serie policial para “cachar” que, siempre un policía le pide al detenido que habrá el maletero o las puertas del auto para efectuar una inspección o que le permita entrar a la casa para revisar. De otra forma solo puede hacerlo con una orden de allanamiento dictada por un Juez. Podrá parecerte injusto pero es legal en la mayoría de los países civilizados.

    Mi pregunta va a Don Juan Pezoa, Prefecto de Carabineros de San Antonio: ¿se cumplió con el protocolo establecido?, ¿estaban los Carabineros a cargo de la operación, bien informados de cómo proceder en esos casos?

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Absurdo...por donde se lo mire..
      Si un sistema permite lo que ocurrió, que importa el procedimiento.??. El sistema es obviamente nefasto, un absurdo. Requiere ser renovado desde su raíz.

      Eliminar
    2. Que idiotez

      una cosa es si carabineros procedió de buena o mala manera..y eso tiene su análisis, pero aparte es que se descubrio varios graves delito y eso debe ser tratado como corresponde, penalizandolo no tiene justificación que los hayan dejado en libertad, estas cosas son las que indignan a ciudadano normal y honesto

      Eliminar
    3. Fernando, por lo ley art. 4 ley 18.290 los Carabineros pueden realizar fiscalizaciòn vehicular(no asi la PDI) si estamos de acuerdo con ello, se puede revisar el vehiculo existencia de triangulos extintor, fecha de vencimiento, rueda de respuesto.
      Carabineros actuo dentro del marco normativo, pero ademàs cometieron una falta flagrante lo que permite hacer un control de identidad del art. 85 del CPP, y ahi por norma expresa pueder registrar prendas, equipajes y vehìculo.
      Por ùltimo el art. 132 modificado 2008 creo, ya que habia jueces que declaraban ilegal la detenciòn y no dejaban formalizar y con ello pedir medidas cautelares, se dispuso expresamente que NO IMPEDIRA la declaracion de ilegal formalizar investigaciòn y solicitar medidas cautelares.
      Al impedir la formalizaciòn, impidio pedir medidas cautelares y el delito de la ley de control de armas permite si apelar verbalmente si el fiscal pide la prision preventiva y el tribunal no la decreta, para que dicha resolucion sea revisada por la Iltma Corte Respectiva

      Eliminar
    4. Según el relato lo que efectúo Carabineros es un control de identidad investigativo y no una mera fiscalización vehicular, por lo tanto se requiere de indicios para realizar legitimamente dicho control del art. 85. Por otro lado, te refieres a una falta flagrante pero yo no leo nada de eso en el relato. Claramente es un control investigativo al azar y eso es ilegal y en consecuencia, se debe declarar la ilegalidad de la detención

      Eliminar
    5. <Ahi conicidiria con ud, pero la informaciòn que poseo de primera mano fue que el vehiculo estaba todo polarizado, lo que esta sancionado en el art. 75 de la ley 18.290 tanto asi que se le curso la infracciòn respectiva

      Eliminar
    6. Buenas tardes, me queda claro que Carabineros o PDI no puede hacer caso de soplos, datos, investigaciones en secreto con infiltrados en organizaciones delictuales, solo pasar partes y dejar que los maten por que los jueces se basan en tecnicismos para defender a los pobres infelices que al no tener oportunidades TUVIERON que dedicarse a la delincuencia??

      Eliminar
  6. Hay que investigar a este famoso Juez debe estar coludido con las mafias de San Antonio.....porte ilegal de armas y libres? no mas explicación, Hijos de Puta como este no merecen ser jueces....

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. coludido NO quiero creer eso de un juez, pero si un ànimo de figuración fuera de aquello que racionalmente es tolerable. Podrìa investigar como resuelve en casos sumamente graves

      Eliminar
  7. Fernando López, y cómo quieres que en este país se baje la delincuencia, en este caso y muchos más, vemos que los delincuentes (y con pruebas de ello) quedan en libertad, sin embargo, una abuela que lucha por vender sus productos en una esquina es violentada, humillada, y con sus mercancías requisadas solo por no tener un permiso municipal. El punto es que independiente del caso, siempre un ciudadano honesto y esforzado será perseguido por la justicia, y un delincuente tendrá el chance para hacer lo que le dé la gana. Solo falto que den de baja a los carabineros por su actuar que Yo personalmente valoro!

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. hola Cesar, creo que es necesario separar lo que cada uno considera injusto (algo personal) con lo que es ilegal (algo que debemos cumplir todos, nos guste o no), Los jueces están en el ámbito legal y los legisladores (elegidos democráticamente por los ciudadanos) tienen la misión de transformar lo que es justo en leyes. Solo podemos evaluar la función de un Juez si este hace cumplir las leyes. Que estas reflejen la justicia es labor de los legisladores.

      Eliminar
    2. Fernando Lopez y acaso, el arsenal de armas que estos tipo llevavan, y el dinero de dudosa procedencia no es ilegal???

      por favor!! Fernando no defiendas lo indefendible

      Eliminar
    3. Don Juan.. Si Carabineros ingresa a su casa a las 4 de la mañana y encuentran plantas de marihuana y en consecuencia, usted es detenido y llevado ante el juez y ante la pregunta ¿por que usted ingreso a la casa de don juan? el Carabinero responde: porque me tinco ya que tiene cara de delincuente ¿que diria usted de eso?

      Eliminar
    4. el ejemplo es pèsimo, Carabineros no tiene facultad alguna para ingresar a casa alguna, salvo que existan signos evidentes que se esta cometiendo un delito, llamdas de auxilio o para detener en caso de flagrancia.
      En la ley de trànsito tiene la obligaciòn de velar por el cumplmiento de la ley del trànsito, art. 4
      No caricaturizar un tema que es serio hablando desde la màs absoluta ignorancia

      Eliminar
    5. Don Renot20

      Si ingresan a mi casa, no encontraran plantas de marihuana, porque yo soy un ciudadano de trabajo..... ahora si piensa que puedo estar mintiendo... le doy vuelta el caso....si realmente tuviera plantas de marihuana, y me dedicara al microtrafico, los carabineros entran a mi casa y me descubren , el ciudadano honesto y de trabajo(yo) esperaria que me dejaran preso, porque todos sabemos el daño que provoca el microtrafico.... aplicar sanciones para que yo no vuelva a cometer el ilicito..... si me dejan libre, seguiré traficando(caso hipotético)....

      Eliminar
    6. Don Renot20

      Aunque me parece irrelevante, igual voy a contestar su pregunta, no creo que carabineros entren a una casa a la 4 a.m. "por Tincá"... carabineros esta preparado para reconocer o al menos sospechar cuando se encuentran frente a un delito, si carabineros en este caso hizo una revisión al vehiculo, seguramente tenia razones que le da su experiencia y adiestramiento y no lo hicieron por tincá, y el resultado les da la razón....

      Eliminar
  8. No buscar la quinta pata del gato... simplemente un juez corrupto.

    ResponderEliminar
  9. el art. 85 del cpp permite controlar la identidad existiendo indicio fundado de la comisiòn de crimen simple delito y falta
    el vehìculo andaba con vidrios polarizados
    art. 4 ley de transito dispone que los Carabineros con inspectores municipales son los encargados del cumplimiento de la ley del transito
    art. 132 del CPP dispone "en todo caso, la declaraciòn de ilegalidad de la dentencion NO IMPEDIRA que el fiscal o abogado asistente pueda formalizar y pedir medidas cautelares.
    El juez impidio formalizar investigaciòn y sin ello no es posible pedir medidas cautelares
    finalmente el art. 223 del còdigo penal dispone que es delito (prevaricaciòn y entre ellos el juez) cuando a sabiendas faltaren contra ley expresa vigente en causa criminal o civil.
    solo a modo de informaciòn
    Lo que prohibe la ley es que se controlo a la gente en forma arbitraria, antojadiza, pero aca hubo una infraccion de trànsito y aunque asì no fuera, tratàndose de un vehiculo motorizado por ley los Carabineros estàn obligados a fiscalizar el cumplimiento de las normas contendias en la ley 18.290

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. No considero claro que una falta de tránsito amerite efectuar un control de identidad investigativo del art. 85 del CPP. Creo que la interpretación que haces no es correcta.

      Eliminar
  10. Señor periodista rodrigo Ogalde. Con todo respeto, antes de escribir estupideces populistas contra la judicatura solicite, en primer lugar, la opinión de algún abogado experto en materia procesal penal. De este modo usted podrá informar y educar a la gente que carece de conocimientos jurídicos y no solo provocar la reacción barata del populacho

    ResponderEliminar
  11. Renoi, de donde saca ud que yo interpreto, ud lo hace, art 85 dice crimen, simple delito y falta nada mas, y un ppio bàsico del derecho es "donde la ley no distingui no correponde hacerlo al interprete
    Incluso coincidiendo con ud, que no lo hago, Carabineros puede por ley efectuar control vehicular.
    Sabe lo preocupante no es la declarciòn de ilegalidad HAY OTRAS 3 INSTANCIAS PARA REVERTIR ELLO -APELAR POR ESCRITO, APELAR SI EN LA AUDIENCIA DE PREPARACIÒN SE EXCLUYE LOS MEDIOS DE PRUEBA Y ES CAUSAS DE NULIDAD DE LA SENTENCIA, lo grave para mi es que no permitio formalizar y la norma del art. 132 que transcribi literalmente dice NO IMPEDIRA formalizar Y LO HIZO. Que quede fijada una audiencia para ello, donde la persona arriesga cumplimiento efectivo (delito de ley de armas no procede beneficios ley 18.210 segùn art.1 de aquella ley) es estimar que voluntariamente va a comparecer a una audiencia donde se le va a pedir medidas cautelares, eso simplemente no lo creo

    ResponderEliminar