Artículo de
Opinión
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no representan necesariamente el pensamiento ni la línea editorial de este
Diario)
Vecino de Algarrobo
Observatorio Ambiental Algarrobino
La Ley General de Urbanismo y Construcciones define la planificación territorial como ‘’el proceso que se efectúa para orientar y regular el desarrollo de los centros urbanos en función de una política nacional, regional y comunal de desarrollo socio-económico’’. Es claramente una Ley centrada en las Zonas Urbanas.
A nivel Comunal, la misma Ley
define por Planificación Territorial Comunal a ‘’aquella que promueve el
desarrollo armónico del territorio comunal, en especial de sus centros
poblados, en concordancia con las metas regionales de desarrollo
económico-social’’. La Planificación Territorial Comunal se realiza a través
del Plan Regulador Comunal e incluye solamente la Zona Urbana de la Comuna.
Ya que todos los equipamientos
pueden permitirse a diferentes escalas, por ejemplo, cuando en el Plan
regulador Comunal se habla de equipamiento turístico comunal se refiere a
equipamiento turístico a escala comunal. De igual forma, cuando se habla de
equipamiento turístico de hoteles regional, nacional o internacional, se
refiere a hoteles de escala regional, nacional o internacional.
Los Planes Seccionales son
estudios más detallados necesarios para la correcta aplicación del Plan
regulador Comunal.
Dado que en Algarrobo se ha anunciado
que se realizarán cambios al Plan Regulador Comunal, parece pertinente conocer
el Plan Regulador existente para así posteriormente poder compararlo con el
nuevo Plan Regulador, y aceptar o no aceptar los cambios que allí se propongan.
Al final se presenta imagen del actual Plan Regulador vigente desde el al año 1998 y un detalle con las caracterización de cada sector.
Algunos cambios que podrían
ser malos para la Comuna de Algarrobo son:
-Extensión de la Zona Urbana:
Cualquier cambio que significara una extensión de la Zona Urbana a territorios
que no cuenten con agua potable y alcantarillado generaría problemas de
contaminación y sobre consumo de agua.
El sector de El Yeco es un ejemplo de esto; es parte de la Zona Urbana
pero no cuenta ni con agua potable ni con alcantarillado. Debido a lo anterior,
las comunidades/cooperativas viven con una cuota de agua semanal por casa, y cada
casa constituye un punto de contaminación difusa que en conjunto generan una
situación de contaminación crónica que percola a las napas freáticas,
contaminando el terreno, el agua dulce y finalmente el mar.
-Disminución de cualquier tipo
de Zonas de Áreas Verdes: Dado que la Comuna presenta una desertificación
severa, cualquier disminución en las áreas verdes de la Comuna contribuiría a
aumentar la desertificación y disminuir la calidad de los suelos, la mayoría de
los cuales ya presentan un riesgo potencial
de erosión severo.
-
Disminución de las Zonas de Deportes (ZD), de las Zonas Educacionales (ZED) y de la Zona con Restricción (ZH5A).
Disminución de las Zonas de Deportes (ZD), de las Zonas Educacionales (ZED) y de la Zona con Restricción (ZH5A).
Algunos cambios que podrían
ser buenos son:
-La desaparición de las Zonas
ZHT, ZHTA, y ZEL de Punta Fraile, Punta Peñablanca y Punta Leoncillo y su
traslado a otros sectores altos de la Comuna.
-También sería bueno mover a
lugares más altos de la Comuna las Zonas de Programas de Desarrollo (ZHS3A),
las cuales permiten la construcción de hoteles de escala nacional e internacional
a orilla de playa.
Ahora la comunidad algarrobina
tiene en sus manos la posibilidad de conocer el Plan Regulador Comunal actual y
sus implicancias, pudiendo evaluar los cambios que se propongan en el nuevo
Plan Regulador que se prepare.
El Consejo Comunal, antes de
comenzar el análisis del Plan preparado, debe:
1) Informar a los vecinos,
especialmente a los más afectados con los cambios propuestos
2) Realizar una o más
audiencias públicas en los lugares más afectados con los cambios para exponer
el Plan propuesto a la comunidad
3) Consultar la opinión del
Consejo Económico y Social, en sesión citada expresamente para este efecto
4) Exponer el Plan propuesto a
la Comunidad, con posterioridad a la/las audiencias públicas por un plazo de 30
días
5) Vencido dicho plazo se
consultará a la comunidad, por medio de una nueva audiencia pública, y al
Consejo Económico y Social, en sesión convocada especialmente para este efecto.
En dicha sesión deberá presentarse un informe que sintetice las observaciones
realizadas
6) Los interesados podrán
presentar, por escrito, las observaciones fundadas que estimen convenientes
hasta 15 días después de la audiencia pública a la que se refiere el número
anterior.
El lugar y plazo de exposición
del nuevo Plan propuesto y el lugar, fecha y hora de las audiencias públicas
deberán comunicarse previamente por medio de dos avisos publicados, en semanas
distintas, en algún diario de los de mayor circulación en la Comuna o mediante
avisos radiales o en la forma de comunicación masiva más adecuada o habitual de
la Comuna.
Posteriormente, el Alcalde
deberá presentar el nuevo Plan para la aprobación del Consejo comunal, junto
con las observaciones que hayan hecho llegar los interesados, en un plazo no
inferior a quince ni superior a treinta días, contado desde la audiencia
pública del Punto 5.
El Consejo deberá pronunciarse
sobre las proposiciones que contenga el nuevo Plan preparado, analizando las
observaciones recibidas y adoptando acuerdos respecto de cada una de las materias
impugnadas. Una vez aprobado por el Consejo Municipal, el nuevo Plan Regulador
preparado deberá ser remitido a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda
y Urbanismo respectiva para su aprobación por el Gobierno central.
Literatura de Apoyo: Ley General
de Urbanismo y Construcciones. Plano Regulador Comunal de Algarrobo. Ministerio
de Vivienda y Urbanismo.
Orden de
exposición de la información: Zona/Nombre/Uso Preferencial/ Usos Permitidos
ZAV Zona de Áreas
verdes Áeas verdes Equipamiento de plazas, juegos
infantiles, jardines, áreas verdes y vialidad peatonal, y en general, cualquier
uso urbano o rural que no contradiga la impronta Parque. Más detalle revisar
Ordenanza.
ZAV-1 Zona Áreas
Verdes Seccional Costa Dorada Seccional
Costa Dorada. Seccional
Costa Dorada.
ZAVP Zona Área Verde
Parque y Límite Urbano Áreas verdes Equipamiento
de plazas, juegos infantiles, jardines, áreas verdes y vialidad peatonal, y en
general, cualquier uso urbano o rural que no contradiga la impronta Parque. Más
detalle revisar Ordenanza.
ZBM Zona Borde Mar.
Eminentemente Peatonal Exclusivo Playas, miradores, Santuario
Natural, servicios artesanales pesqueros, vialidad peatonal (paseo), áreas
verdes, marinas, deportes, esparcimiento, paseo peatonal.
ZCU Zona Centro
Urbano Mixto Vivienda, equipamiento de salud, educación,
seguridad, culto, cultura, deportes, esparcimiento y turismo, comercio minorista, servicios, servicios
Artesanales inofensivos, áreas verdes comunal. Más detalle revisar Ordenanza.
ZCUC Zona Centro
Urbano Comercial Mixto Vivienda, seguridad, cultura, organización
comunitaria, esparcimiento y turismo, comercio minorista, servicios públicos,
servicios profesionales, servicios artesanales inofensivos, áreas verdes
comunal.
ZD Zona de
Deportes Sin información Sin información.
ZE Zona
Estacionamientos Públicos Estacionamientos
Públicos Estacionamientos
públicos vecinal y áreas verdes.
ZED Zona Educacional Equipamiento Equipamiento educacional, cultura,
organización comunitaria, servicios públicos, áreas verdes comunal.
ZEL Zona
Habitacional, edificación en Ladera Mixto Vivienda, equipamiento de esparcimiento de turismo
y hoteles regional y áreas verdes.
ZER Zona
Equipamiento Rodoviario Equipamiento
Rodoviario Terminal de
locomoción colectiva urbana regional, oficinas, actividades complementarias a
un uso específico y áreas verdes.
ZET Zona
Equipamiento y Turismo Mixto Comercio minorista vecinal, servicios
profesionales comunal, servicios artesanales vecinal; esparcimiento y turismo
regional, deportes comunal, áreas verdes.
ZH Zona
Habitacional Residencial Viviendas y Áreas verdes.
ZH1 Zona
Habitacional 1 Mixto Vivienda, Áreas verdes y equipamiento
turístico comunal.
ZH2 Zona
Habitacional 2 Mixto Vivienda, Áreas verdes y equipamiento
turístico comunal.
ZH3 Zona
Habitacional 3 Mixto Vivienda, Áreas verdes, cabañas turísticas,
restaurante, canchas de tenis, minigolf, vialidad.
ZH3A Zona
Habitacional 3A Mixto Vivienda, Áreas verdes.
ZH4 Seccional Costa
Dorada. Seccional Costa
Dorada. Seccional Costa
Dorada.
ZH5 Zona
Habitacional 5 Mixto Vivienda, equipamiento de esparcimiento y
turismo regional, equipamiento de educación comunal y Áreas verdes.
ZH5A Zona con
restricción Mixto Vivienda, equipamiento, deportivo, comercio,
oficinas, talleres artesanales inofensivos, Áreas verdes y vialidad peatonal.
ZH6 Zona
Habitacional El Yeco Mixto Vivienda, equipamiento de salud comunal.
Equipamiento deportivo y comercio vecinal y Áreas verdes.
ZH7 Zona Habitacional 7 Mixto Vivienda,
equipamiento de esparcimiento turístico y deportivo comunal y Áreas verdes.
ZHA Zona
habitacional Residencial Viviendas, equipamiento turístico,
oficinas, comercio, Áreas verdes y vialidad.
ZSH3A Zona de
programas de desarrollo Mixto Vivienda, comercio comunal, equipamiento de
salud, esparcimiento y recreación, turismo, hoteles nacional e internacional,
áreas verdes.
ZHT Zona Hotelería
y Turismo Mixto Vivienda, vivienda tiempo compartido,
equipamiento de esparcimiento y turismo de hoteles regional, servicios
profesionales regional y áreas verdes.
ZHTA Zona Mixto Vivienda, vivienda tiempo
compartido, equipamiento de esparcimiento y turismo de regional, servicios
profesionales regional y áreas verdes.
ZPI Zona Parque
Industrial Industrial Industria inofensiva, talleres
artesanales, Áreas verdes, bodegas y almacenamiento, oficinas. Más detalle
revisar Ordenanza.
ZRC Zona
Restricción Costera Restricción Playas, miradores, Santuario Natural,
servicios artesanales pesqueros, vialidad peatonal (paseo), Áreas verdes,
marinas, deportes, esparcimiento, paseo peatonal.
ZSCU Zona Subcentro
Urbano Equipamiento Equipamientos de cultura, organización
comunitaria, deportes, esparcimiento, comercio minorista, áreas verdes comunal.
ZSH3 Zona de
programas de desarrollo Mixto Vivienda, comercio comunal, equipamiento de
salud, esparcimiento y recreación, turismo, hoteles nacional e internacional,
áreas verdes.
ZT Zona Típica Equipamiento Comercio
minorista vecinal, Culto comunal (iglesia La Candelaria, declarada Monumento
Nacional por D.S. NT/86 del
Ministerio de Educación) y áreas
verdes.
ZTDS Zona de
Equipamiento y Servicios Equipamiento Equipamiento de esparcimiento y turismo,
deportivo y servicios portuarios regional. Se permiten usos actuales de puerto
y servicios portuarios para embarcaciones deportivas de pesca y de la Armada de
Chile. Más detalle revisar Ordenanza.
Quienes deseen disponer de la información del gráfico y de las características de las zonas en planilla Excel pueden solicitarlo a la casilla ernestoortizananias@gmail.com
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Un tema que necesita de opiniones y asesoría técnica, por eso se agradece la información que está publicando en el diario comunal. Algarrobo tiene un extenso borde costero y estrecho sector plano, por lo que se hace necesario que el nuevo Plan Regulador contenga una estrategia de desarrollo que priorice la conservación del borde costero y haga de Algarrobo una ciudad comuna de alta visita de turistas. Hay muchos ejemplos para copiar de países en donde el turismo tiene vital importancia.
ResponderEliminarUn acierto esta publicación. Es un temazo para lo cual hay que ir informándose. Por la foto del año 1998 con el Plan Regulador de esa época queda demostrado que la ciudadanía ni las autoridades supieron proteger la belleza del borde costero. En esta nueva oportunidad ¿sabremos?
ResponderEliminarSeñor Ortiz, usted que se nota es un profesional con vasta experiencia y profundo investigador ¿cree usted que nuestras autoridades locales están preparadas para tan importante rol?
ResponderEliminarEstimada Sra Vergara no me corresponde opinar sobre la preparación de nuestras autoridades locales. Ahora bien, si cuentan con la ayuda de la comunidad algarrobina, estoy seguro que se podrá preparar un nuevo Plan Regulador Comunal acorde a los tiempos que vivimos.
EliminarRespuesta adecuada lo que le permite ser un observador y orientador que podrá ayudar sin ser descalificado en una materia que requiere la mayor objetividad
EliminarLOS MAS PREPARADOS PARA ORGANIZAR EL SECTOR Y LA COMUNA SON UDS LOS ALGARROBINOS. YA QUE UDS DEBEN DE DECIDIR CUAL ES EL ALGARROBO QUE QUIEREN PARA LOS PROXIMOS 20 O 30 AÑOS. LOS PROFESIONALES DE CUALQUIER INDOLE QUE INTERACTUEN EN EL PROCESO DEBEN DE ESTAR AL SERVICIO DE LOS HABITANTES Y NO AL REVES.
EliminarLos consejales Fernando Gomez y Manolo Catalan en el periodo anterior dejaron por escrito en el Pladeco la necesidad de construir edificios en altura de 20 o mas pisos!!! ¿quienes seguiran en la defensa de los negocios inmobiliarios????
ResponderEliminarEstimado Sr.Ortiz A.; mientras se mantenga la dicotomía entre INVERSORES de poca monta (en todo aspecto) y los monstruos llegando de afuera a expoliar y partir: nunca podrá desarrollarse un Algarrobo satisfactorio. Y mucho menos mediante un P.R.C.. Lo siento por sus buenas intenciones y la ingenuidad de los lectores.
ResponderEliminarEstimado Anónimo, de acuerdo a lo que usted plantea entonces que hacemos? Nos sentamos a reclamar y no hacer nada? Claramente Algarrobo no va a ser como querríamos por tener un nuevo Plan Regulador Comunal; de hecho los problemas más grandes de la Comuna están fuera de la Zona Urbana.
EliminarEl punto es que si la comunidad se hace participe y expresa lo que quiere para su Comuna a través del proceso establecido (el cual nunca se ha llevado a cabo en Algarrobo) vamos a tener un PCR en el cual la comunidad ha sido partícipe de la toma de decisiones junto a las autoridades locales. Y eso comienza a hacer una diferencia.
TOTALMENTE DE ACUERDO CON ERNESTO. ESE ES EL ESPIRITU. OPINAR PERO EN LOS INTRUMENTOS QUE ESTABLECE EL PROCESO IMPORTANTE ES ASISTIR A LAS EXPOSICIONES DE LA CONSULTORA VER LO QUE OFRECE Y HACER LOS REPAROS EN LAS PAPELETAS Y SI HAY ALGO QUE NO LOS REPRESENTA SE HACEN LAS OBSERVACIONES ESCRITAS Y ANTES DE 30 DIAS CORRIDOS SE INGRESAN VIA OFICINA DE PARTES. Y CON ESO SE QUEDAN A LA ESPERA DE RESPUESTA Y CORRECCIONES POR PARTE DE LA CONSULTORA Y ENCARGADO DE PLAN REGULADOR (SECPLA).
EliminarLa prudencia y experiencia de los años hacen aconsejable el asesoramiento de una facultad de Arquitectura, Urbanismo y Parajismo. Sin duda, los propios vecinos pueden tener su opinión y deseos, pero en una decisión que compromete el futuro de Algarrobo ¿por qué no bajar el orgullo localista y pedir ayuda? No se trata de una cirugia menor
ResponderEliminarEstimado Sr Cifuentes, el Plan Regulador Comunal y el Plan Regulador Intercomunal vigentes fueron preparados por Arquitectos Urbanistas de prestigiosas Universidades/Consultoras (aunque generalmente son lo mismo), esas fueron dos cirugías mayores. Este Observatorio ha mostrado en varias publicaciones una serie de ‘irregularidades’ en ambos planes que sugieren que el hombre del maletín siempre ha estado presente en el resultado final. Conocida es la relación entre arquitectos urbanistas e inmobiliarias; unos viven de los otros.
EliminarAlguien cree que en alguna de las situaciones ‘irregulares’ que hemos dado a conocer los arquitectos urbanistas no sabían lo que estaban haciendo? Lo sabían perfectamente, pero a ellos les pagan por terminar el trabajo encomendado y no por tener ética.
No se trata de orgullo localista como usted lo sugiere, sino de ejercer control sobre lo que ocurre en la Comuna y no tener que vivir posteriormente con lo que otros decidieron que era lo mejor para nosotros; demasiado paternalista. Además la prudencia y experiencia de los años con los planes actuales, donde se hizo lo que usted sugiere, no ha sido muy buena.
Una Facultad de Arquitectura y Urbanismo (porque recién están aprendiendo que hacer más allá de lo Urbano) podrá hacer sugerencias y poner en el formato adecuado lo que en la Comuna se decida, pero no venir a tomar decisiones por los que tienen que vivir posteriormente con las consecuencias de las decisiones que ellos tomaron, como ocurre ahora.
Por eso mismo ¿no es conveniente que una Universidad asesore? Es diferente a profesionales universitarios, los hay de todo nivel y es por allí por donde las avees de rapiña atacan
ResponderEliminarEstimado Javier, generalmente, los que trabajan en las universidades son los mismos que trabajan en las consultoras. Ahora, el problema no es que ellos participen en el proceso aportando con su visión, el problema es que se pongan a tomar decisiones. La planificación no es blanca o negra así como nadie tiene la verdad; la buena planificación ofrece más de una alternativa de desarrollo, generadas a partir de puntos de vista ligeramente distintos de una misma situación inicial.
EliminarNo tendrá una fotito de perfil mejor el caballero. Muchas gracias. Respecto al tema muy importante gracias por recordar lo que está vigente hace 20 años, un plan regulador regalito que nos dejaron de legado un grupito de ambiciosos terratenientes e inmobiliarios que hoy ellos y sus decendientes siguen disfrutando y siguen frotándose las manos ya que la actualización tiene para minimo 5 años así que queda harto tiempo para seguir edificando y destruyendo el borde costero de Algarrobo.
ResponderEliminarPOR ESO ES IMPORTANTE OPINAR Y SEGUIR EL PROCESO. LO QUE SE PLASME ACA TIENE QUE ESTAR DE ACURDO A LO QUE LOS ALGARROBINOS NESECITAN SI NO ES ASI LAS ORGANIZACIONES SOCIALES PUEDEN MODIFICAR LO QUE LA CONSULTORA OFRECE. Y ESO ESTA FACULTADO POR LEY Y A ELLOO HAY QUE SUMARLE EL VOTO DE LOS CONCEJALES. PARA ESTO CADA CONCEJAL ES UN VOTO Y ALCALDE UN VOTO. SI ELLOS LOS REPRESENTAN NO LES QUEDA NADA MAS QUE ACOGER LAS PRETENCIONES DE UDS. LOS HABITANTES DE ALGARROBO
Eliminar¿Alguien piensa o logra percibir que un plan regulador debe captar y reflejar lo que los ciudadanos perciben o desean como ciudad?. ¿Alguien se pregunta o le pregunta a un técnico o profesional del porque y el sentido que tienen las decisiones que esta tomando al proponer un plano regulador?.¿Alguien se da cuenta que las decisiones en un plan regulador, están muy presentes las visiones económicas de empresas y personas que ni siquiera son de la ciudad?¿Alguien se da cuenta que las decisiones de un plano regulador afectan directamente al bienestar de las personas?¿Alguien confía que la autoridad esta o estará actuando y protegiendo el bienestar de las personas, con celo, empatia, calidad, dirección y sentido urbano-social?. Yo no lo creo, las actuaciones demuestran que nos falta inteligencia social, emocional y practica para actuar con verdadero sentido de desarrollo, inclusive para mas generaciones. ¿Plan regulador?¿relevante?, solo para interesados,unos pocos,pero influyentes en la decisión de dejar estampados sus intereses. Los interesados actúan pensando que los ciudadanos somos "TONTOS", "EGOISTAS" E "INCULTOS".¿Que hacer?, Cambiar la forma en que vemos estos importantes temas.(Solo una opinión)
ResponderEliminarNO PIERDA LA FE UN CIUDADANO ORGANIZADO SI PUEDE ORDENAR ESTO.
EliminarESTIMADOS LO IMPORTANTE ES ESTAR ORGANIZADOS Y FIJARSE QUE EN LA LEY GENERAL DE URBANISMO Y CONSTRUCCIÓN HABLA DE 30 DIAS VALIDOS PARA RECLAMAR. PARA ELLO ES BUENO TODAS LAS ORGANIZACIONES SOCIALES DE TODOS LOS SECTORES TIENEN LA FACULTAD POR LEY PONER RECLAMOS SOBRE LO PROYECTADO POR SURPLAN SALUDOS Y A ORGANIZAR MUY BIEN ALGARROBO Y EVITAR MAS SAN ALFONSO DEL MAR QUE CON LO DE TODOS SE BENEFICIEN UNOS POCOS. SALUDOS EL QUISCO
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