Un
catastro de Bienes Nacionales identificó a las comunas de Cartagena, El Tabo y
El Quisco entre las con más ventas irregulares de propiedades en la Región. En
Algarrobo también se presentan estas situaciones. De acuerdo a la Ley, las
Municipalidades están obligadas a denunciar este delito.
Municipios están obligados a hacer las denuncias |
Diario El Líder de San Antonio.
Reporteado
Jesus Farias Silva
Están todos los
elementos para el desastre: desinformación, dinero y el deseo de tener una casa
propia.
Se trata de la
proliferación de los llamados "loteos brujos" en las zonas rurales de
la provincia de San Antonio, donde se ha detectado que particulares compran un
terreno, lo subdividen y lo venden por pedazos con la falsa promesa al
comprador de que ahí podrían construir una casa.
En algunos sectores
las transacciones corresponden a personas que están buscando construir una
vivienda para veranear cerca del mar o para radicarse definitivamente. ¿El
resultado? Pequeñas villas no autorizadas, que la ley obliga a demoler.
El caso era un
secreto a voces. Sin embargo, en abril el Ministerio de Bienes Nacionales
declaró un aumento de las fiscalizaciones a lo largo de todo el país.
Casi cuatro meses
después del anuncio, la cartera dio a conocer la firma de un convenio con las
autoridades municipales, cambios administrativos y legales para impedir las
ventas fraudulentas
También se hizo un
catastro con los lugares más afectados por el problema. Tres de las seis
comunas de la provincia de San Antonio aparecen en el listado de los
territorios con más dificultades.
De acuerdo a lo
informado por la seremi de Bienes Nacionales de la Quinta Región, Rosario
Pérez, "en los sectores de El Tabo, Cartagena y El Quisco, nuestro equipo
de Regularización en conjunto a las municipalidades se ha detectado un aumento
de estas irregularidades, atendiendo las consultas y orientando a las víctimas
de estos delitos". A estos se suman Puchuncaví, Papudo y Quillota.
Esta semana,
además, en la Comisión Mixta de Vivienda del Congreso se aprobó el proyecto
para perfeccionar el Decreto Ley 2.695, que permite Bienes Nacionales regular
las posesiones irregulares.
No se regularizarán más terrenos que provengan de
loteos brujos
Seremi Rosario Pérez en visita a la Provincia de San Antonio |
Este cambio se
produce en el marco del programa "No Más Loteos Irregulares",
"que busca poner fin al engaño que sufren miles de chilenos y
chilenas", según informó la seremi Rosario Pérez.
"Con estas
medidas no vamos a lograr terminar definitivamente con la mala práctica de
loteos irregulares, pero es un buen inicio para que no se sigan propagando.
Gracias a estas modificaciones el Ministerio podrá contar con más información
de los predios a regularizar. Le declaramos la guerra a los loteos irregulares.
Que quede claro: no se regularizarán más terrenos que provengan de loteos
brujos. Este convenio lo firmamos con 345 autoridades municipales en
junio", agrega.
"Decimos
fuerte y claro, basta con este abuso que afecta los sueños de tantas personas
en nuestro país y que constituye un delito sancionado por una pena que puede
alcanzar los 10 años de presidio", resaltó Rosario Pérez, quien informó
que el proyecto se mantiene con "urgencia simple" para ser tramitado
por el Senado y luego por la Cámara de Diputados. Esto significa que debe ser
tramitado dentro de 30 días.
Denuncias
Hace unos
días, el Ministerio de Bienes Nacionales lanzó el programa "No Más Loteos
Irregulares", que consiste en una plataforma web donde se pueden realizar
las denuncias de quienes lucran realizando loteos irregulares. Para dar cuenta
de los ilícitos, el trámite se puede realizar presencialmente en municipalidades,
intendencias y gobernaciones.
En caso de
duda, se recomienda acudirá las Direcciones de Obras Municipales, donde está la
información fidedigna de cada terreno.
¿Oué es?
El Ministerio
de Bienes Nacionales tiene la facultad de regularizar el dominio de una
propiedad a quien sea poseedor material de una bien raíz, pero que carezca de
título de dominio debidamente inscrito en el Conservador de Bienes Raíces, reconociéndole
la calidad de "poseedor regular” para adquirir el dominio del inmueble.
El cambio
propuesto por el Gobierno aumentará los plazos y los requisitos para obtener
este beneficio.
El título de
dominio, por su parte, es una herramienta para mejorar la calidad de vida de
las personas, ya que quienes regularicen su propiedad podrán acceder a
di-versos beneficios sociales entregados por el Estado, tales como
pavimentación de calles, casetas sanitarias, subsidios (habitacionales, de agua
potable y alcantarillado), entre otros.
Fuente: Diario El Líder de San
Antonio. 05 Agosto 2018. Página # 5.
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Complemento de la Noticia
“Algarrobo Digital” en base a
información del Ministerio de Bines Nacionales.
¿QUÉ ES UN LOTEO IRREGULAR?
Los loteos irregulares o también
llamados loteos “brujos” son subdivisiones de terreno que no cuentan con un
permiso provisorio o definitivo de la Municipalidad correspondiente. Estos
terrenos no poseen delimitaciones claras de calles, tampoco acceso a espacios
públicos ni a servicios básicos como: alcantarillado, agua potable, luz, entre
otros.
Son subdivisiones de hecho fuera de
los límites urbanos o fuera de los límites de los planes reguladores
intercomunales de Santiago y Valparaíso y del plan regulador metropolitano de
Concepción, de una superficie inferior a los 5.000 m², que es la superficie
predial mínima exigida por la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC)
y el DL 3.516, que establece normas de división de predios rústicos.
¿CÓMO OCURREN?
Se producen por la disposición de
terrenos emplazados generalmente en zonas rurales, sin cumplir con la normativa
urbanística que regula dichos predios, contenida en la Ley General de Urbanismo
y Construcciones, en su ordenanza general y en el Decreto Ley Nº 3.516, las que
establecen normas sobre subdivisión predial urbana y rústica en relación con
los planos reguladores comunales.
¡LA CONFORMACIÓN DE LOTEOS IRREGULARES CONSTITUYE UN DELITO!
La Ley General de Urbanismo y
Construcciones (Art. 138º) sanciona a todo aquel que realice actos o contratos
que tengan por finalidad transferir el dominio con el objeto de crear nuevas
poblaciones o comunidades en contravención a las normas urbanísticas.
Por Ley, las Municipalidades, las
Intendencias, las Gobernaciones, MINVU Regional y SERVIU Regional están
obligados a denunciar este delito (art. 139, Ley General de Urbanismo y
Construcciones). Además, cualquier funcionario público que cuente con
información respecto de un delito tiene la obligación de denunciar a la
autoridad competente.
La pena es desde 3 años y un día hasta
los 10 años de presidio.
DENUNCIA
Si tiene información y antecedentes
concretos sobre la existencia de un loteo irregular, puede denunciarlo accediendo
al formulario del Ministerio de BiEnes Nacionales AQUÍ
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