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viernes, 2 de junio de 2023

PROYECTO BARLOVENTO: SUPERINTENDENCIA DE MEDIO AMBIENTE ARCHIVA DENUNCIAS CIUDADANAS Y DESCARTA EVALUACIÓN AMBIENTAL

Por Pablo Salinas

El proyecto inmobiliario Barlovento, que se emplaza en los terrenos donde durante más de 80 años funcionó el Hotel Pacífico, debe ser uno de los más cuestionados y resistidos por la comunidad algarrobina. Al menos desde que publiqué hace ya un par de años las primeras informaciones respecto a una pretensión urbanística de envergadura en ese sector, las reacciones adversas no han cesado. 

Diría que pocos proyectos, de los tantos que se acumulan en el horizonte urbano de nuestra comuna, despiertan un rechazo tan transversal como éste. ¿Por qué? Las razones resultan evidentes: donde se concentra uno de los puntos de mayor congestión vial de la ciudad, zona señalada además como de máximo riesgo de inundación por tsunami, levantar una gran mole de cemento de 18 pisos para sumar 123 nuevas viviendas y un centro comercial, parece un total contrasentido. No pocos comentarios dejados en las redes hablan de un "verdadero atentado" a la calidad de vida de los algarrobinos...
Por eso tomamos iniciativas, para intentar moderar la magnitud del impacto urbano que se avecina. Dadas sus características, obligar al proyecto a someterse a la evaluación ambiental -EIA- no resulta una pretensión desajustada. La justicia chilena, sin embargo, en un primer término, desestimó este reclamo ciudadano. En paralelo a la gestión judicial, junto a un grupo de vecinos presentamos las correspondientes denuncias ante el ente fiscalizador en esta materia, la Superintendencia de Medio Ambiente -SMA-. La semana pasada, tras una tramitación de más de un año, este organismo evacuó su decisión: desestimar los reclamos y archivarlos.

Voy a dejar acá los antecedentes que resultan cruciales para manejar el meollo de esta problemática. ¿Por qué se estima que un proyecto debe someterse a la evaluación ambiental? Porque estaría transgrediendo lo que dicta la ley correspondiente -la 19.300-. El mismo ejercicio se hizo hace un par de años, por ejemplo, con el proyecto Rabanal; un grupo de vecinos también recurrimos a la SMA para que se hiciera cumplir la ley. Ni más ni menos. Acá no se trata de impedir que algún proyecto no se haga porque no te gusta estéticamente, o porque estaría atentando contra la historia o la identidad de la comuna. No, simplemente porque estaría vulnerando lo que dicta la ley ambiental chilena. De esta forma, para el caso Rabanal, la misma SMA sí acogió las denuncias e inició un proceso para que ese proyecto se sometiera a la EIA.

¿Por qué en Rabanal sí y en Barlovento no? Si se revisan ambas resoluciones, la respuesta es clara: porque no se aplicó el mismo criterio para interpretar la ley en un caso y en otro, lo cual, por cierto, es inadmisible. Tanto para Rabanal como para Barlovento, la médula de las denuncias tenían que ver con la proximidad de los proyectos a "zonas de protección". Para Rabanal, la SMA recurre a resoluciones de Contraloría para determinar qué sectores pueden y deben ser considerados como "zonas de protección" (ver imagen). De esta manera, ratifica que efectivamente en el área del proyecto existen todas aquellas "zonas de protección" establecidas por los IPT -instrumentos de planificación territorial-. Contrariamente, para Barlovento este criterio se esfuma por completo y el mismo ente fiscalizador pasa por arriba de 3 "zonas de protección" -como son la ZPTP de la quebrada y humedal de Los Claveles, la del borde costero e, incluso, de la Zona Típica del casco histórico (!!!)-, para aludir solo al Santuario de la Naturaleza del Islote Pájaro Niño, como la única "zona de protección" existente en el área, ¡a más de un kilómetro de distancia!

Complicado juego el que propone la SMA...

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